Gestión de absentismos: la salud empieza en la prevención

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MAPFRE nos ha comunicado su intención de hacer un seguimiento de las bajas por IT en las plataformas del SI24, dado que los datos de absentismo son superiores a la media de la empresa y del sector. Para ello, ha decidido hacerlo a través de una empresa externa llamada Grupo GESEME.

En primer lugar, queremos informaros de que este procedimiento es legal y se ampara en el artículo 20.4 del Estatuto de los Trabajadores: “El empresario podrá verificar el estado de enfermedad o accidente del trabajador que sea alegado por éste para justificar sus faltas de asistencia al trabajo, mediante reconocimiento a cargo del personal médico. La negativa del trabajador a dichos reconocimientos podrá determinar la suspensión de los derechos económicos que pudieran existir a cargo del empresario por dichas situaciones”.

El absentismo en el SI24 es un problema que nos preocupa y que hay que abordar; afecta tanto a las personas enfermas, como a las que tienen que asumir una sobrecarga de trabajo, pero consideramos que la solución no es poner el foco en el efecto, sino en las verdaderas causas. Para conocer el origen y buscar la solución al problema, se requieren más medidas colectivas y menos focalizar sobre las bajas individuales.

Por parte de CCOO hemos trasladado a la RRHH que, aunque sea legal la utilización de estas empresas, confiamos más en el trabajo que se hace desde la Seguridad Social y nuestra Mutua FREMAP, que son los verdaderos especialistas en la gestión de estas materias. Recurrir a una empresa subcontratada que va a contactar con las personas mientras están en situación de baja por IT, no va a aportar nada útil comparado con el riesgo que se corre al depositar una cuestión tan delicada como la salud, en manos de una empresa externa.

Con el fin de que tengáis toda la información queremos trasladaros que este derecho de la empresa, tiene algunas limitaciones y sólo pueden llevar a cabo esta labor de verificación cumpliendo determinados requisitos:

  • La persona trabajadora debe expresar explícitamente su consentimiento.
  • La LOPD establece limitaciones sobre el acceso, tratamiento y comunicación a terceros de los datos obtenidos. Las empresas que gestionan los absentismos sólo pueden tener acceso a los datos imprescindibles para llevar a cabo su labor y tienen obligación de confidencialidad.
  • La baja médica es absolutamente válida y sólo un alta médica emitida por la Seguridad Social obliga a incorporarse al trabajo. La baja por Incapacidad Temporal está regulada en los artículos 128 y 169 de la Ley General de la Seguridad Social.
En caso de llamada… Si estás de baja y recibes una llamada telefónica, es imposible que verifiques su autenticidad, ni la identificación de quien la está realizando. Por tanto, hay determinadas pautas de actuación que recomendamos:

  • Si te llaman por teléfono, no tienes la obligación de dar ninguna información personal o sobre tu salud a nadie cuya identidad no tienes posibilidad de comprobar. No se deben dar datos médicos por teléfono. La información médica sólo tiene que ser conocida por personal médico.
  • La inviolabilidad del domicilio es un derecho fundamental que protege la privacidad de las personas, por tanto, no hay obligación de permitir que nadie se persone en tu casa para comprobar si realmente estás o no enfermo.
  • Si te piden información sobre la baja médica, ten en cuenta que quien dirige el proceso de baja médica es el médico/a de la Seguridad Social: tú no tienes conocimientos médicos como para poder dar la información que te solicitan.
  • En caso de que te citen para desplazarte a un centro médico para un reconocimiento te puedes negar, pero podrías perder el complemento por IT que en nuestro caso es hasta el 100% del salario (artículo 33 Convenio MAPFRE).

Esta citación tiene que ser notificada por escrito, con antelación suficiente (se entiende por plazo suficiente 4 días por extensión del art. 9.5 del RD 625/2014), con indicación de la cobertura de los gastos que ocasione y cómo se van a reintegrar dichos gastos. Si la dolencia que provoca la baja implica una movilidad reducida, corre a cargo de la empresa el traslado, analizando la conveniencia de que se realice en ambulancia y con personal médico de apoyo todo a cargo de la empresa.

  • Si la dolencia implica una inmovilización por prescripción médica, se debe comunicar por escrito en caso de que te citen para asistir al centro médico, para que no se trate de una negativa arbitraria, sino plenamente justificada
  • En el reconocimiento médico de control de la baja, no se pueden incluir preguntas, reconocimientos o pruebas médicas sobre otro aspecto que no sea lo que aparece en el diagnóstico de la baja médica (por ejemplo: preguntarte por la vida familiar, hacerte pruebas generales, preguntar por otro tipo de enfermedades).
  • En todo caso, si obtienen algún dato sobre tu estado de salud, este dato es absolutamente confidencial y no puede ser facilitado sin tu consentimiento a ninguna persona que no sea personal sanitario ni tampoco a MAPFRE.
  • El tratamiento médico que debes seguir para recuperarte es aquel que prescriba el médico/a de la Seguridad Social (de atención primaria y/o especialista) que esté llevando tu caso.
  • En caso de que recibas una mala atención o tengas alguna queja, hazlo constar por escrito. Para esto utiliza las hojas de reclamación de la empresa externa y quédate una copia.

Esta información es importante, sobre todo para las personas que están de baja o pudieran estarlo, por lo que os pedimos que si tenéis contacto con alguna compañera o compañero que esté en esta situación, se la hagáis llegar.

Desde la Sección Sindical de CCOO vamos a hacer un seguimiento muy cercano sobre la actuación de GESEME en nuestra empresa, por lo que os pedimos que cualquier duda, incidencia o comentario, se lo hagáis llegar a las personas delegadas sindicales de CCOO. Os pasamos el nombre de cada persona de contacto en las distintas sedes:

AVILA: Begoña Zazo García
BARCELONA: Raquel González Albarracín / Carmen Climent Aragón
LAS PALMAS: Sabrina Curbelo Gómez
MADRID: Jesús Rodríguez Díaz de Rivera / María Rodríguez Salgado
VALENCIA y TERUEL: Carmen Climent Aragón
VALLADOLID: Mª Aroa Esteban Sastre

 

 

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