Tablas salariales 2023 (previsión)

En relación con la revisión salarial de 2022 y una vez comprobado que el Índice de Precios de Consumo (IPC) correspondiente a 2022 publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE), se ha situado en el 5,7%, resultando por tanto igual o superior al 2%, la Comisión Mixta ha procedido a aplicar las previsiones del art. 43.2 y se ha determinado que procede aplicar el coeficiente corrector del 120%, quedando así constatado como incremento salarial final correspondiente a 2022 el 1,44%.

Habiendo sido el incremento salarial inicial en 2022 de 1,2%, las empresas deberán abonar como revisión salarial un diferencial del 0,24% con carácter retroactivo desde 1 de enero de 2022. Esta revisión salarial se aplicará sobre los siguientes conceptos: tabla salarial de sueldos base por nivel retributivo, complemento por experiencia, complementos de compensación por primas, complemento de adaptación individualizado, plus funcional de inspección, plus de residencia, ayuda económica para vivienda en los traslados.

Respecto al incremento salarial inicial de 2023, conforme al artículo 44.1 del Convenio, procede aplicar un incremento salarial inicial del 0,8% con efecto 1/1/2023 sobre las tablas salariales definitivas de 2022.

En cuanto a la aplicación de la revisión prevista en el Convenio para el resto de los conceptos económicos vinculados al IPC, a la evolución del precio de los carburantes, del índice de restauración y del índice de hoteles del ejercicio 2022, en aplicación de las previsiones del artículo 46, se han aprobado los siguientes importes que tomarán efectos desde el 1 de enero de 2023: