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Si prevés que en la fecha de la votación no te vas a encontrar en el lugar en el que te corresponde ejercer el derecho de sufragio podrás emitir tu voto de forma anticipada, previa comunicación por escrito a la Mesa electoral. El procedimiento es muy sencillo, te lo explicamos a continuación.

Si optas por la opción del voto anticipado debes tener en cuenta lo siguiente:
- El sobre con el voto deberá ser entregado a la Mesa, bien presencialmente, bien por correo certificado a la atención de los miembros de la Mesa. No será posible la remisión del voto anticipado a través de valija interna.
- El sobre con el voto debidamente cumplimentado debe llegar antes de la apertura de la urna para el escrutinio del voto emitido.
- Todos aquellos votos anticipados recibidos una vez iniciado el escrutinio y los correspondientes a aquellas personas que habiendo optado por el voto por correo hubieran votado finalmente de forma presencial, serán destruidos sin proceder a su apertura.
- El voto es personal, por lo que no se admitirá la solicitud de voto por persona distinta a la interesada.
- El envío de papeletas se realizará al lugar de trabajo de la persona solicitante, salvo en el supuesto de que la persona solicitante se encuentre en situación de suspensión del contrato por motivo de nacimiento, baja por incapacidad temporal o preste servicios en régimen de teletrabajo los cinco días de la semana, en cuyo caso podrán solicitar que el envío se realice a su domicilio. A estos efectos la persona solicitante deberá facilitar a la Mesa los datos necesarios para el envío.
7 razones para un voto responsable
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